Chikas, primero que nada me presento, son Susana Vega, soy Abogada y mi prometido también, me he dando cuenta de que mucho se habla de la fiesta y la ceremonia, pero no se habla del lado LEGAL,
Ustedes ya saben bajo que régimen se van a casar? cuando pensamos en casarnos debemos pensar también en el rumbo que tomará nuestro matrimonio y claro que hay que pensar en lo material en nuestra casa, carr, negocio etc, y en como protegerlo, les platico rápidamente sobre lo que es sociedad conyugal y separacion de bienes, platiquenlo con sus prometidos y elijan ustedes, no dejen que los del registro civil elijan, por que muchas veces ni preguntan, y cualquier duda aqui me tienen
Sociedad conyugal: es la union de los bienes materiales que se obtengan después del matrimonio, ojo, no vale lo que compren antes, lo que se compre antes del matrimonio por el registro civil le pertenece a la persona que lo compró, lo que se adquiera del matrimonio en delante es legalmente 50% de cada uno, es decir que aun que su marido les diga que la casa la pone a nombre de ustedes, la mitad es de él, igual con todo y a la hora de que ubiera un divorcio todo deberá repartirse por partes iguales, igualmente las Deudas, es decir que si él debe ustedes estan obligadas a pagar igualmente, esto tiene pros y contras como lo verán, porque en caso de divorcio tienen derecho a la mitad de todo independientemente de que ustedes no hayan aportado para comprar nada, (por así decirlo por que el trabajo del hogar si que es trabajo), pero el contra es que en caso de que uno de los dos deba X cantidad de dinero, seles puede ir a embargar y así la casa esté a su nombre la mitad se puede embargar
en la sociedad conyugal no entran herencias ni donaciones a solo uno de los conyuges (es decir que si alguien les hereda algo siempre y cuando no se confunda con los bienes comunes no le pertenece a su conyuge parte de su herencia o donacion, pero, si es dinero o una casa y se vende y el dinero va a dar a la cuenta de ambos, ya se confundió, ya es de los dos)
Separacion de bienes: su nombre lo dice, tanto antes como despues del matrimonio cada uno tiene sus bienes y sus deudas, y si algo está a nombre tuyo es tuyo y nada mas y viceversa, tiene sus contras, siempre que se compre algo pensaremos a nombre de quien ponerlo, pero siempre se puede poner a nombre de los dos, lo que ustedes decidan, y tiene sus pros, porque si yo debo y vienen a embargarme pueden embargar solo lo mio y no lo de él, y claro si se que tengo problemillas pues pongo el carro a nombre de él etc etc. y contras, al divorciarnos todo queda a nomrbe de quien está y aqui es cuando tienes que confiar en la persona con quien te casas, el problema es que muchas veces se sabe con quien te casas pero no de quien te divorcias, en fin, yo si he visto casos de bienes separados en que se dividen los bienes en partes iguales apesar de estar todo a nombre de uno de los dons, claro eso es un buen divorcio, no muy visto!
mi prometido y yo, hemos decidido casarnos por bienes separados, confió en él y él en mi, apesar de ser abogados!! somos muy justos y como en fin ahorita ni tenemos nada!! jajja, la verdad es que es una precaucion tener cada uno lo suyo por que así en caso de deudas no nos quedamos desprotegidos por que los bienes del otro son intocables.
Bueno chikas en el siguiente debate les platico sobre las capitulaciones matrimoniales y en otro sobre el patrimonio Familiar, para que vallamos tomando conciencia de que casarnos es también pensar en el patrimonio!!